Skip to main content

Términos y Condiciones

TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO DE PLATAFORMA DIGITAL – TERCERO AUTÓNOMO “ZUBALERO”

Fecha: 25/03/2022
  1. Acerca de “Zubale”

La plataforma “Zubale” (también denominada en este documento la “APLICACIÓN” o “APP”) es operada por la sociedad colombiana SECTION B COLOMBIA S.A.S., una sociedad constituida conforme con las leyes de Colombia, identificada con NIT. No. 901.405.390–5, con domicilio en la ciudad de Bogotá D.C., y que para los efectos de los presentes términos y condiciones se denominará el “OPERADOR.”

2. Naturaleza jurídica de los Términos y Condiciones

A través de los presentes Términos y Condiciones (en adelante los “T&C”) se fijan las pautas, condiciones y términos en los que se celebra un contrato marco de colaboración empresarial atípico (en adelante el “CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO”) entre el OPERADOR y una persona natural (en adelante el “USUARIO” o el “ZUBALERO”) que ingresa y se registra en la APP del OPERADOR. El CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO estará regido por lo previsto en estos T&C y para todos sus fines, a menos que expresamente se estipule de otra manera, los términos en mayúscula sostenida que aquí se usan tendrán el significado que se les asigna a lo largo del presente del presente documento. Los términos definidos podrán ser usados tanto en singular como en plural.

Al inscribirse en la APP y completar el proceso de registro, el USUARIO queda vinculado a este CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO en la medida en que el registro electrónico constituye la manifestación de voluntad de celebrar el negocio jurídico y quedar vinculado a él. La prueba de la celebración del CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO será el registro electrónico y la creación de la cuenta de usuario.

3. Objeto del CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO

El CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO se celebra entre el OPERADOR y el ZUBALERO (en adelante conjuntamente las “PARTES” e individualmente cada uno una “PARTE)”, con el fin de que, entre ambos y con base en los aportes conjuntos, se puedan prestar servicios de diversa naturaleza a los clientes finales que consigan por intermedio de la APLICACIÓN (en adelante el “CLIENTE”), fundamentalmente representados en cadenas de supermercados y grandes superficies, o en compañías de consumo masivo que venden y comercializan sus productos al público en general directamente (en sus propios establecimientos) o a través de cadenas de supermercados y grandes superficies.

Los servicios que se pueden prestar a los CLIENTES (en adelante los “SERVICIOS”), constituyen el negocio (en adelante el “NEGOCIO”) que adelantarán conjuntamente las PARTES del CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO y podrán estar dados por cualquiera de las siguientes actividades (o por varias de ellas al mismo tiempo):

3.1. Mercaderista: por virtud del cual se les prestan al CLIENTE servicios destinados a (i) Sacar producto de bodega; (ii) Limpieza de anaquel y frenteo de producto; (iii) Ejecución guía de acomodo; (iv) Actualización de precios; (v) Reporte de agotados y revisión de caducidades; y (vi) Capturar información como precios, agotados, espacios de anaquel o estanterías y tomar fotos.

3.2. Shopper: por virtud del cual se les prestan al CLIENTE servicios destinados a (i) Armado y selección de productos, dentro del supermercado, de la orden de compra puesta o formulada por el comprador o consumidor final (en adelante el “CONSUMIDOR”); (ii) Gestionar agotados en la orden de compra, llamar al CONSUMIDOR y proponer sustitutos; (iii) Llamar al CONSUMIDOR para corroborar la orden; (iv) Hacer ajustes de orden en sistema del supermercado; (v) Pasar por caja registradora y acomodar productos para que sean transportados; y (vi) Transportar pedido al CONSUMIDOR y entregarlo en su puerta.

3.3. Picker: por virtud del cual se les prestan al CLIENTE servicios destinados a (i) Armado y selección de productos, dentro del supermercado, de la orden de compra puesta o formulada por el CONSUMIDOR; (ii) Gestionar agotados en la orden de compra, llamar al CONSUMIDOR y proponer sustitutos; (iii) Llamar al CONSUMIDOR para corroborar la orden; (iv) Hacer ajustes de orden en sistema del supermercado; y (v) Pasar por caja registradora y acomodar productos para que sean transportados.

3.4. Repartidor: por virtud del cual se les prestan al CLIENTE servicios destinados a (i) Recoger bolsas con mercado ordenado por el CONSUMIDOR en una tienda determinada; (ii) Usar su moto/carro/bicicleta/vehículo propio para llevar ese mercado al domicilio del CONSUMIDOR; (iii) Estacionarse y subir las bolsas hasta la puerta y entregar el mercado; y (iv) Cobrar al CONSUMIDOR el mercado (mediante medio de pago correspondiente: Datáfono, Efectivo, Pago en línea). Si el pago se hace en efectivo, el servicio incluye el pre- pago del mercado antes de retirarlo del supermercado o tienda, y recuperar el dinero al cobrarle al CONSUMIDOR.

3.5. Cualquiera otra actividad que las PARTES decidan acordar y cuyas características se definan en la APLICACIÓN para ser desarrollada conjuntamente, de acuerdo al perfil del ZUBALERO.

No obstante la descripción de actividades, al ser un CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO, los SERVICIOS a prestar conjuntamente a los CLIENTES se definirán en cada oportunidad según los requerimientos del propio CLIENTE. Lo anterior significa que, por el hecho de celebrar el CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO, el OPERADOR no garantiza al USUARIO un número mínimo ni determinado de actividades en que deban colaborar mutuamente para desarrollar el NEGOCIO de prestar los SERVICIOS, ni una periodicidad mínima o específica en la que deban colaborar mutuamente para desarrollar el NEGOCIO. El CLIENTE definirá las necesidades e informará al OPERADOR, quien, a su turno, a través del APP invitará al ZUBALERO para que, en ejecución del CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO, se desarrollen las actividades específicas, en un momento determinado, según lo requerido por el CLIENTE.

Todas las actividades que se ejecuten conjuntamente entre las PARTES para la atención de los SERVICIOS al CLIENTE, estarán regidas y reguladas bajo este CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO, que forma entre las partes la única vinculación de colaboradores de acuerdo a lo previsto en el numeral 9 siguiente.

4. Relación con el CLIENTE

La relación jurídica con el CLIENTE final, para la prestación de los SERVICIOS objeto de la colaboración empresarial, la tendrá únicamente el OPERADOR en su calidad de gestor del CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO. Este hará el “fronting” con el CLIENTE y, por lo tanto, será quien celebre el contrato de servicios con el CLIENTE (en adelante el “CONTRATO DE SERVICIOS”) y será quien cobre por los SERVICIOS prestados, con cargo a transferirle al USUARIO el porcentaje de los INGRESOS del NEGOCIO (en adelante los “INGRESOS”) que le corresponden según cada caso. No obstante, los SERVICIOS se prestarán al CLIENTE por las PARTES del CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO actuando conjunta y coordinadamente, pero teniendo en cuenta la independencia y autonomía funcional de cada PARTE, como verdaderos colaboradores empresariales.

En ese sentido, el OPERADOR en su calidad de gestor del CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO llevará la vocería y representación de la colaboración conformada por este CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO, en este mismo sentido, el OPERADOR será la parte encargada de la administración financiera y contable de cada NEGOCIO, incluyendo adelantar las gestiones necesarias para la adecuada facturación de los SERVICIOS a los CLIENTES. Si bien este contrato tiene por naturaleza el de un contrato de colaboración empresarial atípico, para la administración, gestiones financieras y facturación, las funciones del OPERADOR se asimilarán a las previstas para los partícipes gestores en los contratos de cuentas en participación.

5. Capacidad del ZUBALERO

El uso del APP lo realiza el ZUBALERO como persona mayor de edad y capaz, y manifestando que se encuentra facultado para celebrar este CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO con el OPERADOR, por lo que, en calidad de trabajador independiente, cuenta con plena capacidad para ser sujeto de derechos y obligaciones, calidades que refrenda al momento de generar su registro.

Para ingresar al APP, el ZUBALERO deberá contar con su propio móvil o teléfono inteligente y crear una cuenta de usuario en donde, voluntariamente, deberá suministrar datos tales como nombre, fecha de nacimiento, teléfono, dirección y dirección de correo electrónico entre otros datos personales. Esta información será tratada de acuerdo con la ley y la política de tratamiento de datos del OPERADOR, y se utilizará, entre otros fines indicados en la referida política, para la plena identificación del USUARIO, para el cumplimiento del CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO, para el cumplimiento del CONTRATO DE SERVICIOS y para la prevención de fraudes.

Las cuentas de los USUARIOS serán administradas por el OPERADOR o por la persona que éste designe, teniendo plena facultad para la conservación o no de la cuenta, cuando la información suministrada por los USUARIOS no sea veraz, completa o segura; o cuando se presente incumplimiento de las obligaciones de los ZUBALEROS a este CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO. En ningún momento el OPERADOR solicitará al USUARIO información que no sea necesaria para su vinculación al CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO.

6. Vigencia y Terminación del CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO

El CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO estará vigente desde su celebración y hasta que ocurra un evento de terminación. El CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO se entenderá celebrado en el mismo momento en que el USUARIO se registre en la APLICACIÓN y acepte estos T&C.

El presente CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO podrá terminarse por parte del OPERADOR, en cualquier momento, de manera unilateral y sin necesidad de justificar su causa, bastando un preaviso de tan sólo tres (3) días comunes que las PARTES consideran suficiente, dirigido por el OPERADOR al ZUBALERO a la dirección de correo electrónica registrada. La terminación en esta forma no generará ningún tipo de indemnización o compensación en favor del ZUBALERO.

En adición a lo anterior, el CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO también podrá terminarse por parte del OPERADOR, en cualquier momento, de manera unilateral y sin necesidad de justificar su causa, cuando éste decida desactivar, cancelar o suspender la cuenta de usuario del ZUBALERO, para lo cual no tendrá que otorgar preaviso de ningún estilo. La terminación en esta forma no generará ningún tipo de indemnización o compensación en favor del ZUBALERO.

La decisión de desactivar, suspender o cancelar definitivamente la cuenta y/o registro del USUARIO no deberá estar motivada y tampoco será necesario que exista una decisión o pronunciamiento judicial previo. El OPERADOR se reserva el derecho de admisión, permanencia y uso del APP.

Terminado el CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO por cualquier causa, el OPERADOR podrá cancelar la cuenta del usuario en la APP.

7. Aportes y obligaciones de las PARTES

Para el desarrollo y ejecución del CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO y del NEGOCIO que con fundamento en aquél se explota, las PARTES colaborarán mutuamente y, a través de los aportes que se enlistan a continuación y la asunción de obligaciones y la asunción de los riesgos derivados de la operación de acuerdo con la actividad que cada una de las PARTES aporte, prestarán los SERVICIOS a los CLIENTES.

7.1 Por parte del OPERADOR:

El OPERADOR hará los siguientes aportes y asumirá las siguientes obligaciones:

Poner a disposición del CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO y operar, la APLICACIÓN y demás tecnología que permita poner en contacto al ZUBALERO con el OPERADOR y al OPERADOR con el CLIENTE. No obstante lo anterior, este aporte no implicará ni otorgará ningún derecho de propiedad intelectual ni de derechos de autor al USUARIO sobre la APLICACIÓN y demás tecnología complementaria. La licencia de uso se regulará por lo previsto en la sección correspondiente.

Poner a disposición del CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO, toda su experiencia y conocimiento del mercado en la prestación de los SERVICIOS y poner a disposición del NEGOCIO, para que sean explotados económicamente, los CLIENTES que consiga el OPERADOR.

Celebrar a nombre propio el CONTRATO DE SERVICIOS con el CLIENTE y administrar el referido contrato, poniendo a disposición del CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO la infraestructura y recursos necesarios para operar el CONTRATO DE SERVICIOS.

Llevar contabilidad del NEGOCIO para determinar el INGRESO del mismo y distribuirla entre las PARTES en los porcentajes acordados en este CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO.

Promover y gestionar los SERVICIOS entre los CLIENTES y desarrollar las actividades de mercadeo y publicidad en las condiciones de tiempo, modo y lugar y bajo los presupuestos que unilateralmente, y a su propio criterio, determine el OPERADOR.

El OPERADOR no ofrecerá ningún tipo de exclusividad en favor del USUARIO en la ejecución o celebración del CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO, por lo que el OPERADOR podrá celebrar otros negocios similares o idénticos al contenido en estos T&C con terceros. Igualmente, el USUARIO no tiene ningún tipo de exclusividad en favor del OPERADOR.

7.2 Por parte del USUARIO:

El USUARIO, para ejecutar el CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO de manera que se pueda cumplir con el CONTRATO DE SERVICIOS, hará los siguientes aportes y asumirá las siguientes obligaciones:

Ejecutar, de manera directa y en atención a su carácter autónomo de trabajador independiente, las actividades que a través del APP haya aceptado y recibido, de acuerdo a lo descrito en el numeral 3 anterior, o una o varias de ellas, según sea determinado por el OPERADOR, según los requerimientos del CLIENTE en cada caso.

Poner a disposición del CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO, para la ejecución del CONTRATO DE SERVICIOS, toda la eficiencia, efectividad, eficacia, seguridad, oportunidad y/o calidad en la ejecución de las actividades a su cargo.

Usar el APP de manera adecuada y a través de dispositivos electrónicos en que pueda garantizar la seguridad de la información provista en el APP. El OPERADOR no se hace responsable de los efectos que puedan sobrevenir al USUARIO por la información provista en dispositivos donde ésta pueda estar expuesta a terceros.

Utilizar el APP para fines lícitos. El USUARIO exonera y mantendrá indemne de toda responsabilidad al OPERADOR frente a cualquier uso del APP para fines ilícitos o que cause cualquier daño con su conducta al mismo USUARIO o a terceros.

Contar con su propia motocicleta, bicicleta o vehículo, en buen estado, para la ejecución de las actividades a que se refieren los SERVICIOS a los CLIENTES. Por lo demás, el USUARIO deberá asumir por su propia cuenta la vigilancia, guarda y custodia de su vehículo o medio de transporte, frente al cual o por el cual no responde de forma alguna el OPERADOR y el ZUBALERO deberá responder frente al CLIENTE, al CONSUMIDOR y a los terceros por cualquier daño o perjuicio que se les cause con ocasión o en relación con el uso del vehículo. Respetar todas las leyes y normas de tránsito, especialmente la utilización de equipos de seguridad.

Adquirir y mantener vigente durante toda la vigencia de este CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO, un seguro de responsabilidad civil para cubrir los daños que el ZUBALERO cause a terceros en la ejecución de este CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO. En todo caso, aun en el evento en que el ZUBALERO no cuente con dicho seguro, para las PARTES es claro que el OPERADOR no responderá por los daños que el ZUBALERO cause a terceros, y que le corresponde a éste asumir su valor y responsabilidad.

Contar con las herramientas necesarias y elementos indispensables para ejecutar las actividades derivadas del CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO, cualquiera que sea dicha actividad y atendiendo a la naturaleza de la misma, y ponerlos a disposición del NEGOCIO para que conjuntamente las PARTES puedan prestar los SERVICIOS.

Tener en regla y vigente la licencia de conducción y los seguros obligatorios para conducción, exigidos por la normatividad vigente en todo momento mientras esté registrado y tenga una cuenta de usuario en el APP.

Contar con su propio móvil o teléfono inteligente y todos los servicios de datos necesarios para descargar y mantener el APP del OPERADOR y poder, a través del APP, asumir y atender el desarrollo de las actividades a que se refieren los SERVICIOS.

El uso del APP confiere al ZUBALERO que ingrese, el derecho a su uso personal, de manera exclusiva e intransferible. En consecuencia, el ZUBALERO no tiene derecho a y se obliga a no licenciar, vender, revender, re-licenciar, asignar, distribuir, anunciar, explotar o sacar provecho comercial alguno del APP ni la marca y las herramientas asociadas a ella.

Dar cumplimiento al ordenamiento jurídico colombiano y, en especial, a las normas en materia de protección al consumidor, en materia de protección de datos personales y en cualquier otra legislación aplicable, y responder por cualquier reclamación que se presente por cualquier tercero en contra del OPERADOR por la violación o infracción a cualquiera de las normas señaladas y/o aplicables.

Suministrar información cierta y verídica al OPERADOR. En caso de que la información suministrada no sea cierta o válida, el USUARIO acepta la responsabilidad sobre la información falsa sin perjuicio de las consecuencias civiles o penales a las que haya lugar.

Suministrar toda la información relativa a su ubicación y sobre las actividades que desarrolle o vaya desarrollando, con el fin de que el OPERADOR pueda verificar la efectiva ejecución de las actividades.

Notificar al OPERADOR inmediatamente de cualquier violación de seguridad o uso no autorizado de su cuenta de USUARIO.

Respetar los derechos de terceros, cumplir con respeto y decoro las actividades que ejecute y a no suplantar la identidad de terceros.

Aceptar las calificaciones que de su actividad puedan hacer los CONSUMIDORES o el CLIENTE y a que en el APP se incluyan sus datos personales (nombre y fotografía), entre otros, para esos fines.

No modificar, afectar o vulnerar de cualquier forma ni hacer trabajos basados en la APP, partes del software que la sustenta o la marca de “Zubale”. El USUARIO no tiene derecho a hacer links, hacer espejos de los servicios que se prestan a través de la APP, o prestar el servicio del APP a terceros.

El ZUBALERO no tiene derecho a hacer “reverse-engineering” (desarmar la aplicación en sus componentes para entender su funcionamiento, así sea con fines académicos y/o no lucrativos).

Cumplir con las obligaciones que se deriven del CONTRATO DE SERVICIOS que, por su naturaleza, deban o puedan ser ejecutadas por el ZUBALERO.

Tener disponibles los comprobantes de afiliación y pago de las obligaciones al Sistema General de Seguridad Social para cuando el OPERADOR considere necesario comprobar su cumplimiento, con estricta sujeción a las normas aplicables, de manera mensual, lo que constituirá una condición para acceso y permanencia en el registro en el APP.

Defender y mantener indemne al OPERADOR frente y de cualquier reclamación judicial, administrativa o extrajudicial que presente cualquier CLIENTE, CONSUMIDOR o cualquier tercero en contra del OPERADOR, en relación con o con ocasión de las actividades que ejecute en desarrollo de los SERVICIOS que se prestan al CLIENTE, o por cualquier acto u omisión del USUARIO, sea que implique incumplimiento o no de cualquier contrato. Lo anterior incluye, pero no se limita, a reclamaciones que se presenten en contra del OPERADOR por infracciones del ZUBALERO a cualquier régimen legal y/o administrativo, con ocasión o como consecuencia de actos u omisiones del ZUBALERO.

Utilizar la información de los CLIENTES y de los CONSUMIDORES, únicamente para los fines inherentes al cumplimiento de las obligaciones adquiridas en el presente CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO y del CONTRATO DE SERVICIOS, para lo cual se abstendrá de disponer de dicha información y utilizarla con una finalidad distinta a la aquí indicada, so pena de incurrir en incumplimiento del presente CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO. En consecuencia, se obliga a guardar absoluta reserva y confidencialidad sobre la información del CLIENTE y de los CONSUMIDORES.

Cuidar, custodiar, hacer buen uso y entregar o restituir a quien corresponda, los bienes o valores que el CLIENTE y los CONSUMIDORES pongan a su disposición o a su cargo para efectos de, o en relación con, la ejecución de las actividades a que se refieren los SERVICIOS y de todos aquellos que se administren o manipulen con ocasión o en desarrollo de las actividades.

Responder por el valor comercial de los bienes y valores que el CLIENTE y los CONSUMIDORES pongan a su disposición o a su cargo y de todos aquellos que se administren o manipulen con ocasión o en desarrollo de las actividades, en caso de que los mismos sean objeto de hurto, pérdida o daño en desarrollo de sus actividades y reembolsar su valor a los CLIENTE o a los CONSUMIDORES, o reconocerlos al OPERADOR, según el caso. En el evento en que el OPERADOR deba asumir los referidos valores por la reclamación que le haga el CLIENTE o el CONSUMIDOR, el valor pertinente será descontado de manera directa por parte del OPERADOR y afectará la liquidación de los INGRESOS que se distribuyen en favor del ZUBALERO.

En caso de que las actividades que se desarrollen por el ZUBALERO sean las “Repartidor”, éste tendrá que contar con capital de trabajo de mínimo Cop$150,000 por cada mes de ejecución de CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO, con el fin de poder comprar y pagar el mercado para llevarlo al CONSUMIDOR, en caso de que el CONSUMIDOR haya escogido el efectivo como medio de pago.

Observar y cumplir las normas y reglas de conducta dentro de las tiendas y supermercados de los CLIENTES y en los lugares de residencia de los CONSUMIDORES.

En el evento en que el OPERADOR sea requerido por el CLIENTE, por el CONSUMIDOR o por autoridad competente para dar garantía por el SERVICIO y se requiera repetir el SERVICIO correspondiente, el USUARIO deberá repetir la actividad respectiva a su cargo y a su costa con el fin de dejar satisfecho al reclamante.

Las demás que se deriven de la naturaleza del CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO y las que sean requeridas y necesarias para ejecutar adecuadamente los CONTRATOS DE SERVICIOS.

8. Distribución del NEGOCIO

El OPERADOR administrará el centro contable para cada uno de los NEGOCIOS que adelanten conjuntamente las PARTES para prestar los SERVICIOS. Cada una de las actividades que, en el marco del CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO, ejecuten las PARTES para prestar los SERVICIOS al CLIENTE, constituirá un NEGOCIO independiente que tendrá una administración y liquidación independiente.

Cada uno de esos NEGOCIOS generará un resultado (INGRESO o pérdida) que las PARTES asumirán en proporción a las participaciones que para cada caso acuerden.

Para cada una de las actividades que se ejecuten en desarrollo de los SERVICIOS, en la APLICACIÓN se publicarán los valores que deben ser transferidos por el OPERADOR al ZUBALERO, a título de INGRESO como resultado del respectivo NEGOCIO, en caso de que efectivamente haya INGRESO en el negocio particular, como consecuencia de que el CLIENTE haya pagado los SERVICIOS. Estos valores y porcentajes de INGRESO pueden variar permanentemente y para cada caso se aplicará el que se haya publicado o comunicado para la específica actividad en la APP.

En el evento en que el CLIENTE, por cualquier razón, se abstenga de pagar el SERVICIO o de reconocer la remuneración correspondiente, se entenderá que no habrá INGRESO repartible entre las PARTES y entre las dos se asumirá el riesgo del resultado negativo del negocio particular. Por lo demás, el OPERADOR podrá disponer de manera unilateral, de manera ocasional, por mera liberalidad y sin que ello implique o genere un derecho adquirido para el ZUBALERO, que el ZUBALERO en determinadas circunstancias pueda recibir un INGRESO superior al pactado, sin que esto pueda interpretarse como un rendimiento fijo garantizado para ninguna de las partes de la operación conjunta.

Las PARTES correrán conjuntamente con los riesgos de la operación del NEGOCIO, consistentes que en que no haya CLIENTES que requieran o demanden SERVICIOS o de que haya CLIENTES que, por cualquier razón, decidan no pagar el SERVICIO o no reconocer la remuneración. Por lo anterior, el OPERADOR no garantizará un resultado al ZUBALERO ni le asegurará un ingreso mínimo, ni le asegurará que todas las actividades que ejecute tendrán un resultado positivo que implique recibir el INGRESO. Todos los resultados dependerán de que se ejecuten SERVICIOS a los CLIENTES y de que, en esa ejecución, se produzca un INGRESO.

Los resultados de cada NEGOCIO se liquidarán una vez se ejecute y cumpla con la actividad prevista para prestar los SERVICIOS, y el monto correspondiente al INGRESO del ZUBALERO, será acreditado en el “wallet” digital con el que el ZUBALERO cuenta en la APP, dentro de las 48 horas siguientes. En la suma liquidada estarán incluidos todos los impuestos aplicables. Los montos acreditados en el “wallet” digital se distribuirán una vez al mes, el día 20 de cada mes (o el día hábil siguiente en caso de que éste no sea hábil), para lo que incluirán los resultados de los NEGOCIOS ejecutados dentro de ese período de tiempo. La distribución y dispersión se hará al medio de pago disponible en la APP, que haya sido seleccionado por el USUARIO.

No obstante lo anterior, el USUARIO podrá solicitar, a través de la APP, que parte o la totalidad del INGRESO acreditado en el “wallet” digital, se anticipe y se disperse a la cuenta bancaria del USUARIO, con anticipación al período ordinario de distribución. El OPERADOR podrá utilizar prestadores de servicio de dispersión para cumplir las solicitudes del USUARIO.

EL OPERADOR en su calidad de gestor del CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO estará encargado de expedir todas las facturas que deban expedirse con ocasión a las actividades del CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO, asimismo, EL OPERADOR estará encargado de recolectar los valores pagados por los CLIENTES y posteriormente distribuir al USUARIO el INGRESO que le corresponda de acuerdo con el valor informado por tarea realizada en la APLICACIÓN.

El OPERADOR se podrá abstener de realizar cualquier pago a favor del USUARIO en caso de que éste no cumpla con las obligaciones enunciadas en el numeral 7.2 anterior. Así mismo, se abstendrá de transferir al ZUBALERO el valor de su participación, cuando el CLIENTE o el CONSUMIDOR haya presentado alguna queja o reclamación en contra del USUARIO por la actividad ejecutada o por la inexistencia de actividad ejecutada, frente a lo cual, el OPERADOR podrá retener dichos recursos en garantía, para, de ser necesario, restituirlos al CLIENTE o al CONSUMIDOR correspondiente en caso de considerarlo necesario, oportuno o conveniente el OPERADOR, o para mantenerse indemne en los términos señalados en el numeral 7.2 anterior.

9. Vinculación del ZUBALERO y el OPERADOR

Las PARTES declaran que en desarrollo del presente CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO actúan en forma independiente, no existiendo en consecuencia relación laboral alguna entre ellas. Así mismo, en virtud del CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO es claro que ninguna de las PARTES adquiere relación laboral alguna con el personal de la otra PARTE (sea que dicho personal esté o no vinculado al desarrollo del NEGOCIO).

Aun cuando el OPERADOR puede solicitar al ZUBALERO, de acuerdo con la legislación aplicable, constancias del pago de su seguridad social, el ZUBALERO será el único responsable del pago de las mismas. Bajo ninguna circunstancia se entenderá que el USUARIO es un subordinado o empleado del OPERADOR y, en consecuencia, bajo ninguna circunstancia el OPERADOR será responsable por el pago al USUARIO de prestaciones sociales, seguridad social integral, pensiones o lo afiliará al sistema de riesgos profesionales.

El ZUBALERO deberá mantener indemne al OPERADOR por todas y cualesquiera reclamaciones o demandas de carácter laboral o relacionadas con el sistema general de seguridad social que puedan presentarse en contra del OPERADOR y se obliga a reembolsarle de manera inmediata cualquier suma que el OPERADOR sea obligado a pagar por cualquier autoridad administrativa o judicial con base en dichas reclamaciones o demandas.

Sin perjuicio de lo anterior, el OPERADOR podrá vender al ZUBALERO, ropa u otra clase de artículos que los identifiquen como usuarios del APP, con el fin de que los CLIENTES y CONSUMIDORES identifiquen de forma segura a los ZUBALEROS. Lo anterior, sin que se entienda que el USUARIO es empleado o subordinado del OPERADOR.

10. Prohibiciones

El USUARIO acepta que en caso de que el OPERADOR tenga sospecha de la comisión de cualquier conducta considerada como delito, de acuerdo con las leyes de la República de Colombia, el OPERADOR podrá hacer uso de su derecho de reserva de admisión suspendiendo y/o dando por terminada la cuenta del USUARIO de forma unilateral, temporal y/o indefinida sin que para ello sea necesario la existencia de una declaración judicial o de dar explicación alguna al USUARIO. Así mismo, podrá dar por terminado el CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO en las condiciones previstas en el numeral 6 anterior.
El USUARIO deberá usar, de manera permanente en la ejecución del CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO, el sistema de posicionamiento global de su dispositivo móvil y asociarlo al APP. Por lo demás, el USUARIO acepta que en caso de que los sistemas de posicionamiento global (v.gr. GPS) del OPERADOR y, en general, todos los sistemas de monitoreo del OPERADOR indiquen que las actividades que el ZUBALERO declara haber efectuado, en realidad no se ejecutaron, o se ejecutaron de forma incompleta o defectuosa, o de cualquier forma el OPERADOR determine que las actividades no se ejecutaron o se ejecutaron de forma incompleta o defectuosa, el OPERADOR podrá a su entera discreción, en cualquier momento y sin necesidad de declaración judicial previa, abstenerse de transferir al USUARIO los valores que le corresponderían en los INGRESOS del NEGOCIO. Esto, sin necesidad de que exista una declaración judicial previa y sin perjuicio de las acciones civiles y penales que el OPERADOR pueda iniciar.

En todo caso, si el ZUBALERO incumple cualquiera de las obligaciones previstas en el CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO, el USUARIO pagará al OPERADOR por ese solo hecho, una multa por cada evento de incumplimiento y hasta cuando las prestaciones a su cargo sean efectivamente cumplidas de manera satisfactoria a juicio del OPERADOR, equivalente al 100% del valor del INGRESO que le correspondería en el NEGOCIO al que se refiere la actividad u obligación incumplida o defectuosa. El USUARIO autoriza expresamente al OPERADOR para descontar de cualquier pago, las sumas que se llegaren a causar por este concepto.

Las PARTES entienden que las multas indicadas en el parágrafo anterior, se establecen exclusivamente como función de apremio al USUARIO para el cumplimiento de sus obligaciones; en consecuencia, el cobro de las anteriores multas no exonera al ZUBALERO del cumplimiento de sus obligaciones contractuales ni legales, ni lo libera de su obligación de indemnizar integralmente los daños y perjuicios que con su incumplimiento llegare a producir.

11. Propiedad Intelectual

La propiedad intelectual del desarrollo del APP y del software que la soporta, así como las marcas, logos y demás signos distintivos asociados al APP y los SERVICIOS que se prestan a los CLIENTES, son de propiedad exclusiva del OPERADOR.

El OPERADOR concede una licencia al USUARIO para que pueda usar la APLICACIÓN. Dicha licencia será intransferible, limitada a la vigencia de este CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO y no exclusiva. El USUARIO no podrá licenciar, sublicenciar, arrendar, reproducir, copiar, comercializar o en forma alguna disponer del software ni del APP, sea o no para fines comerciales.

El USUARIO se compromete a utilizar el APP y demás activos de propiedad industrial del OPERADOR, adecuadamente y en concordancia con la finalidad prevista y autorizada en estos T&C, y a coadyuvar en la debida protección de tales activos de propiedad industrial. En todo caso, la autorización de uso prevista en este documento, cesará en cualquier momento por decisión unilateral y autónoma del OPERADOR y/o en cualquier caso de terminación del CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO. El USUARIO se abstendrá de utilizar el APP y los activos de propiedad industrial para fines distintos de los autorizados y fijados en este documento, y en todo caso, de utilizar dichos activos de propiedad industrial de manera irregular o en contra de la Ley.

El USUARIO reconoce y acepta que los desarrollos, resultados de estudios, levantamiento de información, datos, métricas, invenciones o descubrimientos realizados por éste o por el OPERADOR en el marco y en ejecución del CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO, sea cual sea su soporte, medio de difusión, momento en que se realice y estado (esté finalizado o sin completar), son y serán de propiedad y titularidad del OPERADOR como titular del APP y de la marca “Zubale”. Todos los derechos patrimoniales de autor y todos los derechos económicos y/o de cualquier naturaleza, actuales, eventuales o futuros sobre los mencionados activos, estén ellos registrados o no, le pertenecerán en un cien por ciento (100%) al OPERADOR. El USUARIO renuncia desde ya a elevar cualquier reclamación en tal sentido.

12. Modificación

El OPERADOR se reserva el derecho a modificar estos T&C y a modificar el CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO, de manera unilateral, en cualquier momento y sin previo aviso al USUARIO. Las modificaciones surtirán efecto a partir de la publicación en el APP y regirán para las nuevas actividades y NEGOCIOS que se ejecuten a partir de su publicación. Corresponderá al USUARIO mantener permanente verificación sobre la versión vigente. En caso de que el USUARIO no esté de acuerdo con los cambios o no desee seguir ejecutando el CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO en esas nuevas condiciones, podrá desactivar y eliminar su cuenta de usuario.

El OPERADOR se reserva el derecho a realizar pruebas de producto, comunicación y precio al azar y sin previo aviso dentro de su APP con la idea de recabar información que ayude a mejorar la APP.

13. Contenidos

A través del APP el OPERADOR podrá poner a disposición de los USUARIOS información de carácter comercial y publicitario, propia o de terceros. En estos casos, el OPERADOR no avala, garantiza o compromete su responsabilidad frente a los servicios y/o productos que se comercialicen por estos terceros. Es total responsabilidad de los USUARIOS el acceso a los sitios que remite la publicidad, asumiendo la obligación de verificar y conocer los términos de los servicios ofrecidos por los terceros.

14. Renuncias

El OPERADOR no ofrece ni manifiesta de forma alguna sobre el APP, declaración y/o garantía, expresa, implícita o estatutaria, distinta a las expresamente establecidas en estas condiciones, por lo que no ofrece garantías implícitas de comerciabilidad, idoneidad para un fin particular y no violación. Además, el OPERADOR no hace declaración ni presta garantía alguna relativa a la fiabilidad, puntualidad, calidad, idoneidad o disponibilidad de los servicios o de cualquiera de los bienes solicitados a través del APP, o que los servicios no serán interrumpidos o estarán libres de errores.

15. Limitación de responsabilidad

El OPERADOR no será responsable frente al USUARIO por ningún tipo de daños o perjuicios, sean estos directos o indirectos, incidentales, especiales, ejemplares, punitivos o emergentes, incluidos el lucro cesante, la pérdida de datos, la lesión personal, la pérdida de extremidades o partes del cuerpo, la muerte, la discapacidad temporal o permanente, o el daño a la propiedad, que sufra el propio ZUBALERO o sufran terceros, que se deriven del uso de la APLICACIÓN por parte del ZUBALERO o de la ejecución de las actividades por parte del ZUBALERO. El ZUBALERO entiende, reconoce y acepta que éste asumirá de manera independiente y autónoma todos los riesgos del NEGOCIO y de la ejecución de las actividades a su cargo. Lo anterior, incluso aunque el OPERADOR haya sido advertido de la posibilidad de dichos daños.

El OPERADOR no será responsable del retraso o de la falta de ejecución de las actividades por parte del ZUBALERO, resultante de ningún tipo de falla del APP, ni tampoco de causas que vayan más allá del control razonable del OPERADOR.

16. Indemnidad

El USUARIO responderá por los daños directos o indirectos que se causen a terceros, a los CLIENTES, a los CONSUMIDORES o al OPERADOR, que se generen como consecuencia o derivados del incumplimiento del presente CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO o de la Ley o del CONTRATO DE SERVICIOS. El USUARIO se obliga a defender y mantener indemne al OPERADOR de cualquier reclamación judicial, administrativa o extrajudicial que presente cualquier tercero, incluidos los CLIENTES y los CONSUMIDORES en contra del OPERADOR, en relación con, o con lo anterior, incluyendo pero sin limitarse a reclamaciones que se presenten en contra del OPERADOR por infracciones al régimen de propiedad intelectual, propiedad industrial o derechos de autor, al régimen de protección de datos personales o al régimen de protección al consumidor, con ocasión o como consecuencia de actos u omisiones del USUARIO. En este sentido, en el evento en que el OPERADOR deba asumir cualquier valor, pago, multa, sanción compensación, condena, perjuicio, gasto o desembolso de cualquier naturaleza derivado o relacionado con lo anterior, el USUARIO se obliga a reembolsarlo de manera inmediata y, en todo caso, en un término no superior a dos (2) días desde la fecha en que el OPERADOR así lo requiera. Así mismo, y en el mismo plazo, el USUARIO se obliga a reembolsar cualquier costo o gasto en el que el OPERADOR tenga que incurrir como consecuencia o con ocasión de su defensa frente a dichas reclamaciones.

El OPERADOR podrá, y así lo acepta y autoriza el ZUBALERO, descontar de los saldos que el OPERADOR pueda adeudar al ZUBALERO por cualquier concepto, las sumas a las que se refiere esta sección y cualquier otra suma que el ZUBALERO deba pagar al OPERADOR o a los CLIENTES, CONSUMIDORES o terceros, como consecuencia de los daños o perjuicios que les pueda causar.

17. Confidencialidad y tratamiento de datos

El USUARIO se obliga a no revelar a terceras personas la información confidencial (en adelante la “INFORMACIÓN CONFIDENCIAL”) que reciba de, o conozca en relación con el OPERADOR, o con los CLIENTES, o con los CONSUMIDORES, en ejecución de este CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO o de cualquier de sus actividades, relacionada con la organización interna, con la actividad, con las prestaciones mercantiles, o con las relaciones y negocios con terceros de cualquiera de los referidos en precedencia. La INFORMACIÓN CONFIDENCIAL incluye, además de este propio Contrato, toda aquella información de carácter tecnológico, informático, industrial, contable, financiero, comercial, técnico, estratégica, conceptos, y cualquier información relacionada con las operaciones de negocios presentes y futuras o condiciones financieras de cualquiera de ellos.

En consecuencia, el USUARIO se obliga a mantenerla de manera confidencial y privada y a protegerla para evitar su uso o divulgación, ejerciendo el mismo grado de control que utilizaría para proteger la INFORMACIÓN CONFIDENCIAL de su propiedad, y a usarla exclusivamente para los propósitos a que se refiere este CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO.

El USUARIO se obliga a abstenerse de dar tratamiento a datos personales respecto de los cuales no cuente con la autorización, previa, expresa, escrita y voluntaria del respectivo titular. Se entenderá que si el USUARIO da tratamiento a algún dato personal, cuenta con la autorización, previa, expresa, escrita y voluntaria del respectivo titular, por lo que el USUARIO liberará de responsabilidad al OPERADOR por cualquier consecuencia derivada de la infracción al régimen de datos personales. El USUARIO se obliga a defender y a mantener indemne al OPERADOR frente a cualquier reclamación que se presente en su contra por parte de cualquier tercero en la que se alegue una infracción al régimen de protección de datos personales.

El USUARIO no podrá utilizar los datos transmitidos o transferidos para fines diferentes a los autorizados en este CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO o permitidos por la ley y deberá realizar su tratamiento de conformidad con los principios establecidos jurisprudencial y legalmente para el tratamiento de información personal. El USUARIO, como Encargado del Tratamiento, deberá cumplir con las políticas de protección de datos del OPERADOR, en particular con las referentes al tratamiento y seguridad la de información, y sus respectivas modificaciones.

18. Política de Privacidad

En cumplimiento de la Ley Estatutaria 1581 de 2012 y sus decretos reglamentarios, por medio de la aceptación al presente documento, el USUARIO autoriza al OPERADOR el tratamiento de sus datos personales de acuerdo con las finalidades y demás condiciones establecidas en la política de tratamiento de datos del OPERADOR (política de privacidad), que se encuentra en el siguiente enlace: https://www.zubale.com/privacidad, la cual declara conocer y aceptar. Es de anotar que en la política de privacidad, además de las finalidades, se encuentran los derechos del USUARIO en cuanto al tratamiento de sus datos personales y la manera de ejercer los mismos frente a la compañía.

En todo caso, de manera adicional, el USUARIO reconoce y acepta que, cada vez que se ejecute la actividad propia de un NEGOCIO específico para la prestación conjunta de SERVICIOS a los CLIENTES, la APP podrá proporcionar a las marcas y CLIENTES, la información enviada o suministrada por el USUARIO, incluyendo sin limitar, fotos, comentarios, incluso el posicionamiento GPS del dispositivo del ZUBALERO, y demás información que pudiera ser relevante y/o requerida y/o que se haya recabado durante el desarrollo de la actividad.

19. Domicilio y legislación aplicable

Este documento se regirá en todos sus efectos por su contenido y en su defecto por la ley comercial colombiana.

Toda controversia o diferencia relativa a estos T&C y con el CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO, intentará resolverse por las PARTES de común acuerdo dentro del término de cinco (5) días hábiles contados a partir de la fecha en que una de las partes reciba una notificación de controversia (“Notificación de Controversia”).

Si no es posible resolver la controversia dentro de los cinco (5) días hábiles de recibida la Notificación de Controversia, cualquiera de las partes podrá convocar a conciliación que llevará a cabo el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Bogotá D.C.

En caso que las partes no lleguen a un acuerdo conciliatorio acerca de las controversias derivadas de los presentes T&C y con el CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO, las mismas se sujetarán a lo que decidan los jueces de la República de Colombia de conformidad con las leyes colombianas aplicables.

20. Autorización

El USUARIO declara que la información que ha suministrado es verídica y da su consentimiento expreso e irrevocable al OPERADOR, para:

Consultar, en cualquier tiempo, en DataCrédito o en cualquier otro operador de información financiera y crediticia o en cualquier otra central de riesgos, toda la información relevante para adelantar estudios de riesgo crediticio en cualquiera de sus etapas y para la realización de campañas de mercadeo y ofrecimiento de productos.

Reportar a DataCrédito o a cualquier central e información de riesgo, datos sobre el cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones crediticias, comerciales o de servicios del USUARIO, o de los deberes legales del USUARIO de contenido patrimonial, y los datos de ubicación y contacto. La anterior autorización incluye el reporte de incumplimiento a cualquiera de las obligaciones dinerarias o patrimoniales del USUARIO para con el OPERADOR o los CLIENTES o CONSUMIDORES, incluidas las relacionadas con imposición de multas o sanciones o con las obligaciones de responder por el valor comercial de los bienes o valores objeto de las actividades.

Suministrar a DataCrédito o a cualquier otra central de información de riesgo datos relativos a las solicitudes de crédito del USUARIO, así como otros atinentes a sus relaciones comerciales, financieras y en general socioeconómicas que el USUARIO haya entregado o que consten en registros públicos, bases de datos públicas o documentos públicos.

Solicitar y obtener cualquier tipo de información relacionada con el ZUBALERO para hacer revisiones sobre antecedentes penales, disciplinarios, judiciales o de cualquier naturaleza, en bases de datos públicas o privadas.

21. Correcta utilización de la APP

El USUARIO se compromete a la correcta utilización de la APLICACIÓN, de acuerdo a lo establecido en la legislación vigente que le fuera aplicable y a lo contenido en estos T&C, absteniéndose de realizar cualquier acto que pudiera ir en contra de los intereses de terceros y de la estructura y funcionamiento de la APLICACIÓN y/o del OPERADOR.

Como condición de uso de la APP, el USUARIO se compromete a no utilizarla con ningún propósito que esté prohibido por estos T&C o por la Ley Aplicable. El USUARIO es responsable de toda su actividad en relación con la APP. Además, deberá cumplir con todas las leyes y normas aplicables locales, nacionales e internacionales. A modo de ejemplo, y no como una limitación, el USUARIO no podrá, y no permitirá que ningún tercero utilice o cargue, descargue, publique, envíe o de alguna forma distribuya o facilite la distribución de contenido del APP o a través de éste, que: (i) infrinja normas de propiedad intelectual, industrial o de derechos de autor, o viole una ley o derecho contractual de un tercero; (ii) sepa que es falso, engañoso o inexacto; (iii) sea ilegal, hostil, difamatorio, calumnioso, engañoso, fraudulento, invasivo de la privacidad, obsceno, vulgar, pornográfico, ofensivo, contenga o represente la desnudez, contenga o represente la actividad sexual, promueva la intolerancia, discriminación o violencia, o sea inadecuado según lo determine el OPERADOR a su entera discreción; (iv) constituya publicidad no autorizada o no solicitada, email no deseado o masivo (“spam”) o constituya publicidad o marketing no autorizado por el OPERADOR en estos T&C; (v) contenga virus informáticos u otros códigos informáticos, archivos, gusanos, bombas lógicas o programas diseñados o destinados a interrumpir, dañar, inutilizar, limitar o interferir con el buen funcionamiento de cualquier software, hardware o equipo de telecomunicaciones, o a dañar u obtener acceso no autorizado a cualquier sistema, datos, contraseña u otra información del OPERADOR o de un tercero; (vi) incluya documentos de identidad o información financiera confidencial de alguna persona o (vii) viole la Política de tratamiento de Datos o cualquier otra política o norma incluida en este documento o publicada en la APP o por el OPERADOR en cualquier tiempo, o en general, el ordenamiento jurídico colombiano o el de cualquier otra jurisdicción donde opere el OPERADOR. El desarrollo de actos contrarios a lo señalado a manera de ejemplo, constituirá un uso inadecuado o inapropiado de la APP y constituirán un incumplimiento al CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO.

El USUARIO tampoco podrá (directa ni indirectamente): (i) hacer nada que imponga o pueda imponer (según lo determinado por el OPERADOR a su exclusiva discreción) una carga irrazonable o desproporcionadamente grande en la infraestructura de la APP (o de sus proveedores de terceros); (ii) interferir o intentar interferir con el buen funcionamiento de los SERVICIOS o de cualquier actividad realizada por intermedio de la APP; (iii) evitar medidas que el OPERADOR pueda utilizar para prevenir o restringir el acceso a la APP (u otras cuentas, sistemas informáticos o redes conectadas a la APP); (iv) vender, comercializar o explotar de cualquier manera los contenidos de la APLICACIÓN; (v) descifrar, descompilar, desensamblar, realizar ingeniería inversa o bien intentar derivar un código fuente o ideas subyacentes o algoritmos de cualquier parte de la APLICACIÓN (incluidos entre otros, cualquier aplicación o widget), excepto que en cierta medida las leyes aplicables prohíban específicamente dicha restricción; ni (v) hacer cualquier cosa que viole las directrices y políticas del OPERADOR.

22. Registro y Elegibilidad

Para que el USUARIO pueda utilizar el APP, debe proceder a obtener el registro correspondiente. Al registrarse y aceptar estos T&C mediante el mecanismo de validación dispuesto por la APLICACIÓN, el USUARIO declara, garantiza y se compromete a proporcionar al OPERADOR información de registro correcta, veraz y completa (incluido, entre otros, el nombre del USUARIO, dirección de email y contraseña que utilizará para acceder a la APP) y a mantener la información de registro precisa y actualizada. No hacerlo constituirá una violación de estos T&C, lo cual puede resultar en la terminación inmediata de la cuenta del USUARIO.

El Usuario no debe ni puede, entre otros: (i) proporcionar información personal falsa al OPERADOR, incluido un nombre y/o identificación de usuario falso o crear una cuenta para otra persona que no sea el propio USUARIO, sin el permiso de esa persona; (ii) utilizar un nombre de usuario que sea el nombre de otra persona con la intención de hacerse pasar por esa persona; (iii) utilizar un nombre de usuario que esté sujeto a derechos de un tercero sin la debida autorización; ni (iv) utilizar un nombre de usuario que sea ofensivo, vulgar, obsceno o ilegal.

El OPERADOR se reserva el derecho de rechazar el registro de un nombre de usuario o de cancelarlo a su entera discreción. El USUARIO es el único responsable de la actividad que se desarrolla en su cuenta de usuario y será el responsable de mantener la confidencialidad de su contraseña. Nunca deberá el USUARIO utilizar la cuenta de otro usuario sin autorización previa y expresa de dicho usuario. El USUARIO notificará inmediatamente al OPERADOR por escrito sobre cualquier uso no autorizado de su cuenta o sobre cualquier violación de seguridad relacionada con otra cuenta de la que tenga conocimiento.

El USUARIO declara y garantiza que es una persona natural, tiene la edad establecida por la ley para formalizar un contrato vinculante. La APLICACIÓN no está disponibles para personas naturales menores de dieciocho (18) años de edad. En consecuencia, el USUARIO declara y garantiza que cuenta con la edad mínima requerida.

Derivado de la naturaleza de las actividades que se ejecutarán en desarrollo del CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO, el USUARIO también declara y garantiza que no sufre ni padece de cualquier tipo de enfermedad o limitación física que ponga en riesgo la seguridad del propio USUARIO o de terceros. Por lo anterior, declara y garantiza que no sufre ni padece, sin que ello signifique limitación alguna: enfermedad cardiaca orgánica, epilepsia, síndrome de meniere, vértigo, Parkinson, psicopatías, histeria, demencia, adicciones a fármacos psicotrópicos, o enfermedades infecciosas que se contagien por el aire o por gotículas.

En caso de incumplimiento de la anterior declaración, y de cualquier otra hecha en estos T&C, el OPERADOR podrá dar por terminado de manera inmediata, unilateral y sin necesidad de indemnización o compensación de ningún tipo en favor del USUARIO, el CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO y podrá cancelar la cuenta de usuario del ZUBALERO.

Una vez registrado, el USUARIO autoriza al APP para enviarle notificaciones, información, noticias, etc. relacionadas con la APLICACIÓN. En todo caso, el OPERADOR puede, a su sola discreción, negarse a permitir el uso de la APLICACIÓN a cualquier persona o entidad y cambiar su criterio de elegibilidad en cualquier momento.

23. Contacto

Si el USUARIO necesita contactarse con el OPERADOR, lo podrá hacer vía correo electrónico a la siguiente dirección: holacolombia@zubale.com. Los mensajes serán atendidos a la mayor brevedad posible.

24. Aceptación de los T&C

Al hacer click en “aceptar” estos T&C, el USUARIO manifiesta su voluntad de celebrar el CONTRATO DE COLABORACIÓN ATÍPICO y queda vinculado al mismo, al momento de completar el proceso de registro de la APP. El click equivaldrá a la firma electrónica del USUARIO.